El «Régimen Especial para Trabajadores Desplazados», popularmente conocido como Régimen Beckham para Expatriados, es un régimen específicamente diseñado para traer talento a España. Existe desde 2005, pero se actualizó en 2023 para hacer aún más atractivo para los extranjeros venir a vivir y trabajar a España. Esto último como consecuencia del nuevo fenómeno de los «nómadas digitales», personas que no están atadas a un lugar para desarrollar su trabajo.
Si estás pensando en emigrar a España, o si emigraste a España el año pasado, puede ser interesante que tengas en cuenta lo siguiente.
El Régimen proporciona ciertos beneficios fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas («IRPF»). Las diferencias están relacionadas principalmente con los tipos impositivos aplicables y las rentas que tributan.
Ventajas: tipo favorable y determinadas rentas procedentes del extranjero no tributan
Una de las ventajas del régimen Beckham es que las rentas hasta € 600.000 tributan a un tipo fijo del 24% y el exceso sobre esta cantidad al 47%. Si no se aplicara el régimen, se tributaría a un tipo impositivo progresivo que podría llegar casi al 53,50% (tipo para residentes en el Estado Valenciano sobre la renta 2023).
Con este tipo, es especialmente interesante para las personas con rentas altas. La razón por la que no es interesante para los que tienen rentas más bajas es que los tipos impositivos normales pueden ser incluso nulos para los contribuyentes con rentas bajas. A medida que aumentan los ingresos, también lo hacen los tipos impositivos.
No es fácil decir dónde está el umbral. El complicado sistema fiscal español ofrece un tipo que depende del lugar de residencia. En general, yo aconsejaría que las rentas superiores a € 50.000 anuales se sometieran a un análisis para ver si el régimen Beckham es más ventajoso.
En este régimen, sólo las rentas generadas en España tributan al tipo beneficioso, a excepción de las rentas del trabajo. Esto significa que las rentas procedentes del extranjero, como los alquileres, dividendos, intereses, plusvalías, etc., están exentas de tributación en España.
Otra ventaja del régimen Beckham es que sólo hay que pagar el impuesto sobre el patrimonio por los bienes situados en España, a diferencia del régimen ordinario, en el que hay que pagar el impuesto sobre el patrimonio por los bienes situados en todo el mundo. Dependiendo de dónde resida, el tipo impositivo puede ser hasta un 3,5% inferior a los tipos normales.
Otra pequeña ventaja es que no tiene obligación de declarar sus bienes en el extranjero (Modelo 720).
El régimen también se aplica al cónyuge y a los hijos menores de 24 años, siempre que estos familiares se conviertan efectivamente en contribuyentes nacionales (residentes fiscales en sentido popular) y cumplan otra serie de requisitos.
Inconvenientes: no hay deducciones ni otras ventajas fiscales
La ventaja de los tipos favorables tiene un inconveniente para quienes tienen rentas más bajas, como ya se ha mencionado.
Además, en el régimen Beckham no hay deducción de gastos ni otros beneficios que sí son posibles en el régimen ordinario, como, por ejemplo, la exención del subsidio de vivienda aplicable a la vivienda habitual, los beneficios aplicables a familias con hijos menores o personas mayores, el beneficio sobre los ingresos por alquiler de un inmueble situado en España o la deducción de gastos relacionados con la discapacidad.
Otro inconveniente puede ser que algunos tratados entre países permitan la doble imposición si se opta por este régimen.
Por último, y esto es aplicable a todos los impuestos en España, las normas son estrictas y están sujetas a diversas interpretaciones, lo que crea inseguridad jurídica, especialmente en lo que se refiere a la aplicación de este tipo de normas que son relativamente complejas. Esto hace preferible el método ordinario de declaración del IRPF si las diferencias de resultado no son significativas.
Roeland van Passel