A partir del 1 de enero de 2021, formalmente el Reino Unido dejo de pertenecer a la Unión Europea y con ello, perdieron validez todos los acuerdos suscritos en materia de tráfico entre este país y los paises miembros de la unión.
A pesar de que los gobiernos han establecido periodos de transición como medida de protección, los ciudadanos británicos seguirán viéndose duramente afectados porque la normativa modificada también se aplicará con carácter retroactivo a las licencias de conducción ya obtenidas antes del Brexit.
Con la última Orden 122/2022 se extendió el plazo de validez de las licencias de conducción obtenidas en suelo británico con anterioridad al Brexit, hasta el 30 de abril de 2022. Después de esta fecha los británicos se someten al mismo trámite de aquellos expedidos por terceros paises y solo podrán conducir en España por periodos cortos, es decir menos de 6 meses desde que se adquiera la residencia en España o desde su entrada al territorio español. Por lo tanto, una vez transcurrido ese periodo, los ciudadanos británicos deberán solicitar un nuevo permiso de conducción en España. Para sacarse su licencia de conducción, tendrán que realizar los exámenes teórico/práctico de rutina en España.
Tampoco se puede solicitar el canje de la licencia de conducción obtenida en reino unido con anterioridad al brexit por una licencia de conducción español. Esto se debe a que actualmente no existe un acuerdo bilateral entre España y el Reino Unido para tramitar el canje del permiso de conducción británico en España. Mientras los paises no concluyan la negociación, que actualmente se encuentra en curso, los ciudadanos se verán sometidos a un extenso proceso para solicitar su nuevo permiso de conducción.
Camila Lizarazo González