El impuesto de no residente (para viviendas no alquiladas) se calcula en base al valor catastral de la vivienda. Dicho valor se puede encontrar en los recibos de IBI «impuesto de bienes inmuebles”
o mediante la página web del catastro, utilizando firma digital o NIE + número de soporte.
En ocasiones, Hacienda revisa las declaraciones de No residente de años atrás por las viviendas en España, y nos “propone” una liquidación distinta de la declarada, teniendo que pagar una diferencia. Esto se debe, en la mayoría de los casos, a un error en el cálculo del impuesto debido la complejidad en muchas ocasiones de conocer los valores catastrales a los que tenemos que referirnos al calcular el impuesto a pagar.
Este valor catastral en ocasiones se encuentra revisado, lo que implica que el porcentaje a tener en cuenta para el cálculo de su cuota a pagar puede variar del 2% al 1,1%. Ojo! Es casi el doble.
Para conocer si está revisado o no, se puede saber a través del recibo de IBI, aunque algunos ayuntamientos no informan de esto en sus recibos y tenemos que hacer comprobaciones online que incluso a veces tampoco están bien actualizadas… Si ese año se tomó como referencia el IBI de otro año y no estaba indicado en el mismo su revisión, ante la duda aplicamos el mínimo a favor del contribuyente, pero posteriormente, la administración puede realizar comprobaciones y pedir la diferencia no pagada por tomar el menor valor.
Por ello es importante guardar los recibos de IBI cada año para hacer su declaración de impuestos de No Residente.
Lucia Guillen Molina