En ejecución hipotecaria

PROTECCIÓN ARRENDATARIO

09 / Jun

PROTECCIÓN ARRENDATARIO EN EJECUCIÓN HIPOTECARIA

 

Si el propietario de una casa no paga la hipoteca, el banco tiene derecho a ejecutar la hipoteca, que suele resultar en la venta pública de la vivienda. Una situación común es que la casa esté arrendada a un tercero. Este inquilino no tiene nada que ver con la obligación de pago del propietario, pero se encontrará atrapado en la disputa entre el banco y el propietario y se le puede pasar factura y perder su protección como arrendatario.

Como solución a este problema, el legislador español realizó un cambio legislativo en 2019 (RD-ley 7/2019, de 1 de marzo), que se aplica a todos los contratos de arrendamiento firmados a partir del 6 de marzo de 2019. Antes de este cambio de ley, los inquilinos no estaban protegidos de ser desalojados durante la ejecución de la hipoteca. Cuando el banco vendió públicamente la vivienda, los nuevos propietarios (en muchos casos el banco) podrían obligar a los inquilinos a abandonar la vivienda. Con la venta pública de la vivienda el arrendatario perdió su protección de arrendamiento y se disolvió el contrato de arrendamiento. Esto sigue siendo el caso de los arrendamientos que son válidos hoy y fueron firmados antes del 6 de marzo de 2019.

Todos los contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019 están protegidos por el legislador durante la duración del contrato.

Esto significa que el contrato debe cumplirse por cinco años – o siete años cuando el arrendador es persona jurídica – desde el momento en que se firma el contrato de arrendamiento. Hasta el vencimiento de este período, solo el inquilino puede rescindir unilateralmente al arrendamiento. No importa si el contrato se firmó por uno o dos años. El plazo de cinco – o siete – años especificado en la ley es tanto un plazo mínimo como un plazo máximo.

Cuando la casa se transfiere al banco o a un tercero, el inquilino debe continuar pagando el alquiler, según lo estipulado en el contrato. En primera instancia, se debe seguir pagando al propietario hasta que el nuevo propietario se revele e indique que el inquilino debe pagarle a él a partir de ese momento.

 

Selena Escandell Beutick